Trazabilidad de Rumiantes


 Bovinos a identificar.

La identificación animal será obligatoria para todos los bovinos nacidos a partir de la publicación de la NTON 11 026 10, publicada en el Diario Oficial La Gaceta del 22 de Agosto del 2009.

Los dispositivos se colocarán en el plazo máximo de seis meses, a partir del nacimiento del animal o antes de los seis meses si este abandona el establecimiento de origen. Los dispositivos se colocarán en el establecimiento de nacimiento. No se permite identificar animales en caminos, camiones u otros lugares que no estén autorizados por la AC.


Ubicación de los aretes.

Los aretes se colocan en la parte media de la oreja de los bovinos, teniendo la precaución de que tanto la bandera como el botón se ubiquen en la cara interna de la oreja. La selección del lado de la oreja en que se colocaran los aretes depende de la tecnología de identificación que se esté utilizando, correspondiendo a la tecnología visual- visual la bandera en la oreja derecha y el botón en la izquierda.
Al identificar tu ganado con dispositivos de identificación oficial, te permitirá ubicar y construir la historia de su ganado desde que nace hasta su faena o industrialización. Facilita el manejo del hato ganadero en su finca, reduce el delito de abigeato y cumplimos con las exigencias del mercado internacional.

Para la tecnología visual electrónica es a la inversa, siendo la bandera colocada en la oreja izquierda y el botón en la derecha.

Para determinar el lado derecho e izquierdo del animal, se realiza ubicándose de frente a posición caudo- craneal. (Ubicarse detrás del animal con vista de atrás hacia la cabeza), el lado derecho del animal es el derecho de la persona evaluadora.

Reposición de los Aretes.
La reposición de los aretes es un procedimiento que se realiza cuando el bovino pierde un arete (bandera o botón). Si el semoviente esta en tránsito a matadero, no es necesario reponerlo, pero si se queda en finca con propósitos productivos, deberá reponerse, quitando el dispositivo que porta y colocando un nuevo par de arete, este procedimiento debe reportarse llenando el formato TRAZAB – NIC 03.

Cuando se caen los dos aretes y no se puede obtener información confiable del bovino, se procede a poner un par de aretes, pero en ese caso no es reposición, dado que se tiene que llenar el formato TRAZAB – NIC 02, realizando un nuevo ingreso del bovino.